Renta 2023

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SERVICIOS RENTA AFILIADOS

 

  • Nuestro sindicato, quiere seguir mejorando y trabajando por nuestros afiliados y aumentar cualitativamente nuestra oferta de servicios. Es por ello que hemos firmado un convenio con la Asesoría Fiscontal Asesores, para la realización de rentas en nuestras oficinas y mediante asistencia telefónica.
 
  • De manera gratuita se ofrece la realización de rentas de tipo simple, y hemos negociado un precio muy asequible, que deberá ser pagado por el afiliado directamente a la Asesoría, para la realización de rentas de tipo medio y compleja.
  • Las rentas se realizarán un día o dos a la semana en nuestras oficinas, y mediante atención telefónica, para ello se establecerá un calendario previo de citas.
  • A continuación, exponemos ejemplos de tipos de renta, para que comprendáis las diferencias entre los tipos, y en qué casos tendrá que pagar el afiliado ese suplemento.

ANEXO I: EXPLICACIÓN TIPOLOGIA DE RENTA Y PRECIO

  • Renta tipo simple: Renta conjunta o individual, en la que trabajan ambos o tan solo uno, varios niños, y 2 inmuebles a su disposición (sin alquiler), plan de pensiones, y deducción de hipoteca sobre su vivienda habitual.
  • Renta tipo medio: Un afiliado tiene su trabajo, su mujer también trabaja, niños, hasta 3 inmuebles, tiene un alquiler, deducción sobre su vivienda habitual, o tiene un convenio regulador de custodia que aplicar.
  • Renta tipo compleja: El resto de declaraciones no incluidas en las anteriores. Ejemplo: Se incluye en este punto si se tienen criptomonedas o compra-venta de acciones o participaciones.

PRECIO AFILIADO

 

– Las rentas simple serán gratuitas para el afiliado tanto si es individual como en conjunto con su cónyuge.

– Las rentas medias llevaran un suplemento para el afiliado de 15,00 euros por renta.

– Las rentas complejas llevaran un suplemento para el afiliado de 20,00 euros por renta.

 

SUPLEMENTO CONYUGE EN CASO DE RENTA INDIVIDUAL

 

– 10,00 euros en caso de rentas simples

– 20,00 euros en caso de rentas medias

30,00 euros en caso de rentas complejas

 

EXTRAS:

Alta en sistema Cl@ve Pin: 10,00 euros

Informe Fiscal Criptomonedas: 10,00 euros

 

DOCUMENTACIÓN A FACILITAR POR EL CLIENTE

 

  • DNI
  • FECHA DE CADUCIDAD DEL DNI
  • CASILLA 505 DE LA RENTA DEL EJERCICIO 2022. EN CASO DE NO TENERLA DEBERÁ ESTAR DE ALTA EN CL@VE PIN.
  • EMAIL Y TELEFONO.
  • EN CASO DE ALQUILER DE INMUEBLE O LOCAL DEBERÁ APORTAR:
  1. IMPORTE ALQUILER MENSUAL
  2. FECHA INICIAL DEL CONTRATO
  3. DNI O NIE DEL ARRENDATARIO
  4. JUSTIFICANTE DE LOS GASTOS DEDUCIBLES
  5. FECHA DE COMPRA DEL INMUEBLE, PRECIO DE COMPRA E IMPORTE DE LOS GASTOS DE COMPRA.
  • EN CASO DE VENTA DE INMUEBLE DEBERÁ APORTAR:
  1. ESCRITURA DE COMPRA DEL INMUEBLE Y JUSTIFICANTE DE LOS GASTOS DE COMPRA.
  2. ESCRITURA DE VENTA Y JUSTIFICANTE DE LOS GASTOS DE VENTA.
  3. EN CASO DE REINVERSIÓN DE LA VIVIENDA HABITUAL SE DEBERÁ APORTAR TAMBIEN ESCRITURA DE COMPRA DE LA NUEVA VIVIENDA Y JUSTIFICANTE DE SUS GASTOS.
  • EN CASO DE COMPRA-VENTA DE PARTICIPACIONES O ACCIONES SE APORTARÁ EXTRACTO POR PARTE DEL BANCO O GESTORA DONDE SE RECOJAN LOS SIGUIENTE DATOS:
  1. FECHA DE COMPRA O VENTA
  2. NUMERO DE TITULOS
  3. VALOR NOMINAL TITULOS
  4. GASTOS DE LA OPERACIÓN DE COMPRA O VENTA
  • EN CASO DE COMPRA-VENTA DE CRIPTOMONEDAS:

EL CLIENTE DEBERÁ APORTAR RESUMEN O EXTRACTO DETALLADO DE LA GANANCIAS O PÉRDIDAS OBTENIDAS Y DE LOS CANJES REALIZADOS. SE RECUERDA QUE EN CASO DE TENER ELABORAR UN INFORME FISCAL POR PARTE DE LA ASESORIA, ESTE TENDRA UN COSTE EXTRA.

  •  
  • En caso de presentación de recursos o contestación de requerimientos que sean motivados por las Administración, y no sean por causa imputable a la Asesoría, esta ofrece sus servicios para la realización del mismo, que tendrá un coste de entre 30 y 150 euros, en función de su valoración y dificultad. (Ejemplo: La Agencia Tributaria realiza un requerimiento de documentación relativa a la escritura de compra e hipoteca de la vivienda habitual)
  •  Las copias de rentas que sean necesarias se facilitarán hasta el 31 de diciembre de 2024. Pasada esta fecha el envío de una copia tendrá un coste de 10,00 euros.

DOCUMENTACION

 

  • En caso de tener alguna discapacidad o minusvalía del declarante, cónyuge o hijos: Documento que refleje el % de la misma y fecha de aprobación.
  • En caso de tener anualidad por alimentos y gastos de hijos o pensión compensatoria del cónyuge: Sentencia del juzgado donde se recoja el importe de las mismas y justificante de pago.
  • En caso de familia numerosa: Titulo y fecha de concesión.

Rellenar formulario del enlace de arriba o contactar con el correo a coordinadorapromocionestpa@gmail.com o llamar a 610 668 808 para recibir ayuda.